Cargando...
::  Portada  ::  Chat  ::  Tu Cuenta  ::  Foro  ::  Buscar  ::  Resumen de Noticias  ::  Contactar  ::  Recomiendanos  ::  Contenido  ::
Sala Situacional del Poder Social y Popular Organizado


 
  Usuario actual    Registrate  Usuarios no registrados Visitantes : 7 - Usuarios registrados Miembros : 0 - Usuarios en linea en este momento En linea :                            Apreciado Visitante : le recomendamos registrarse para poder accesar a la multiple información legal, tecnica y de inducción que tenemos en nuestra base de datos Todo lo que puedas imaginar esta aqui.     Proyectos, Descargas, Foros de ayuda, Manuales y mas Total de usuarios registrados  Total : 5





[ Enlaces principales de Sala Situacional | Añadir Enlace | Nuevo | Popular | Mejor Valorados ]

Resultados de la búsqueda para: Consejos Locales

Descargas
Enlaces del Sala Situacional del tipo: Título (A\D) Fecha (A\D) Valoración (A\D) Popularidad (A\D)
Recursos clasificados actualmente por: Título (A a Z)



  Consejo Comunales  Popular
:: Información ::
Consejos Parroquiales y Comunales





Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública





Artículo 8. El Consejo Local de Planificación Pública promoverá la Red de consejos parroquiales y comunales en cada uno de los espacios de la sociedad civil que, en general, respondan a la naturaleza propia del municipio cuya función será convertirse en el centro principal de la participación y protagonismo del pueblo en la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas, así como viabilizar ideas y propuestas para que la comunidad organizada las presente ante el Consejo Local de Planificación Pública. Una vez aprobadas sus propuestas y convertidas en proyectos, los miembros de los consejos parroquiales y comunales podrán realizar el seguimiento, control y evaluación respectivo.

Los miembros de los consejos parroquiales y comunales tendrán carácter ad-honorem.
Agregado: 06-Sep-2005
Descargado: 608 veces
Votos totales: 2 [Votar]
Media por voto: 4.50
Idioma:

 Instalación y Conformación de Consejos Comunales y parroquiales   

Enlace proveniente de de http://consejoscomunales.org/

Categoría: Sistema Nacional de Planificación



  Consejos Locales  Popular
:: Información ::
Consejo Local de Planificación Publica





CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Artículo 182. Se crea el Consejo Local de Planificación Pública, presidido por el Alcalde o Alcaldesa e integrado por los concejales y concejalas, los Presidentes o Presidentas de la Juntas Parroquiales y representantes de organizaciones vecinales y otras de la sociedad organizada, de conformidad con las disposiciones que establezca la ley.

LEY DE LOS CONSEJOS LOCALES DE PLANIFICACION PUBLICA

Gaceta Oficial N° 37.463 de fecha 12 de junio de 2002
Agregado: 13-Feb-2005
Descargado: 446 veces
Votos totales: 0 [Votar]
Media por voto: 0
Idioma:

 Pagina principal   
 Quienes somos   
 Preguntas y respuestas sobre los Clpp   
 Foros   
 Resumen de Noticias   

Enlace proveniente de de http://www.consejoslocales.org/index.php

Categoría: Sistema Nacional de Planificación



  Sala Tecnica  Popular
:: Información ::
Sala tecnica del Consejo Local de PLanificación Pública



Ley de Los Consejos Locales de Planificación Pública De la Sala Técnica



Artículo 19.
El Consejo Local de Planificación Pública tendrá una Sala Técnica dependiente de la Alcaldía que cumplirá con las siguientes funciones:

1. Proveer la información integral automatizada, en la medida de lo posible, con el propósito de asegurar la información sectorial codificada, necesaria para la planificación, el control de gestión y la participación de la comunidad organizada.

2. Crear y poner en funcionamiento la Unidad de Planes y Proyectos, integrada por profesionales especializados en la materia de planificación.

3. Garantizar la información sobre el registro y control de las asociaciones de las comunidades organizadas participantes ante el Consejo Local de Planificación Pública.

Todos los habitantes del municipio tendrán derecho a acceder a la información de la Sala Técnica, de conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Concurso público

Artículo 20. La elección de los miembros de la Sala Técnica será por concurso público, atendiendo a las especificidades, necesidades y naturaleza del municipio, de conformidad con la ordenanza respectiva que regula la materia.
Agregado: 06-Sep-2005
Descargado: 329 veces
Votos totales: 0 [Votar]
Media por voto: 0
Idioma:

 Competencias   
 Funcionamiento   
 Organización   

Enlace proveniente de de http://www.salatecnica.org/

Categoría: Sistema Nacional de Planificación







Web site engine code is Copyright © 2003 by PHP-Nuke. All Rights Reserved. PHP-Nuke is Free Software released under the GNU/GPL license.
 Página Generada en: 0.051 segundos 27 llamadas a la base de datos

:: Helius phpbb2 style by Trushkin.net :: PHP-Nuke theme by www.nukemods.com ::